

Queridos presidentes, secretarios y tesoreros, del Distrito 2202:
Se ha suscitado en varias ocasiones la preocupación por saber si los clubes están cumpliendo las formalidades fiscales y, si tienen obligaciones que pueden no estar satisfaciendo.
El compañero José Pineda del RC de Torrevieja ha estudiado mucho el tema, y Pepe Baserri, gobernador del D2201, en representación de los tres gobernadores ha realizado consultas verbales con altos funcionarios de la Intervención del Estado, Abogacía del Estado y del Ministerio de Hacienda que han concluido que TEXTUALMENTE la legislación dice lo siguiente:
Como indicación, podemos deciros que esta situación con la venta de lotería no es exclusiva de los clubes Rotarios.Lo hacen comercios, asociaciones de vecinos, peñas futbolísticas, colegios, guarderías, puestos en los mercados, bares y restaurantes, y un sinfín de organismos. Hasta ahora la Agencia Tributaria lo ha soslayado, aunque alguno de esas asociaciones haya excedido algo los 2.000 € de beneficio en la re-venta.
Es cierto que, si revendiendo lotería se ingresaran cantidades ingentes, Hacienda lo vigilaría, pero obtener entre 2000 y 2500 € no es muy significativo, por mucho que se exceda el límite legal, y esa es la horquilla de beneficio que se obtiene, en el mejor de los casos por los clubes rotarios.
Respecto a seminarios, jornadas de club, RYLA’s etc. en los que se cobre por asistir, y en los que haya un beneficio entre lo que se ingresa por comer y lo que cuesta el menú, es cierto que si hubiera habitualidad, y se acumulara a los 2.000 € de beneficio en la venta de lotería, volveríamos a situar a los clubes en el terreno de las declaraciones de IVA, retención e Impuesto Sociedades. El término habitualidad no está claro en la legislación, pero nos han manifestado que se entiende que se incurre en ella si se practica más de tres veces al año.
Recomendaciones:
Es por ello por lo que siempre se recomienda el envío de lo recaudado a LFHRE que cuenta con el reconocimiento oficial como ONG exenta de dichas obligaciones fiscales, y que sea LFHRE la que pague a los beneficiarios y a los proveedores y acreedores por la organización de los eventos y actos de recaudación.
Seminarios, PETS, Asambleas, Conferencias y Congresos son actos del Distrito que SI hace declaraciones de IVA, Retención de IRPF e Impuesto de Sociedades.
Pienso que queda suficientemente claro, pero cualquier otra ampliación de información, sugiero lo planteéis a los asesores fiscales que tengáis en vuestros propios clubes y subsidiariamente contactéis a José Pineda Cuenca del RC Torrevieja, quien seguro os atenderá gustosamente.
Gracias a todos, y a nuestro compañero Pepe Baserri Gobernador del Distrito 2201.
Un abrazo,
Santiago Alastuey
Tesorero Distrito 2202 Año 2018/19